Ayuntamiento de A Coruña

Ayuntamiento de A Coruña

SCG

Solicitud General

Canales:

Presencial, Telemático

Materia:

Sector público, Trámites y gestiones

Órgano responsable:

Ayuntamiento de A Coruña

Vigente:

Si

Mediante este servicio electrónico se permite solicitar el inicio de todos aquellos procedimientos que no cuentan con una solicitud específica.

Si desea presentar una sugerencia o una queja, o comunicarnos una incidencia (desperfecto, avería, etc.) que requiera la actuación de los servicios municipales para su resolución, deberá utilizar la página de sugerencias y reclamaciones. No necesita certificado digital.

Solicitud de Carácter General

Inscripciones:

Sobre el procedimiento

¿A quién va dirigido?:

Están legitimadas para solicitar, bien por si mismas o por medio de representante, las personas interesadas y con capacidad jurídica para iniciar o participar en el prodecimiento administrativo al que se refiera la solicitud presentada.

Requisitos:

Los necesarios para gestionar la solicitud en concreto.

Precio / Coste:

El que esté establecido para el procedimiento solicitado.

Órgano que resuelve:

El que tenga atribuidas las competencias sobre la materia a que se refiera la solicitud concrreta

Más información:

La ciudadanía puede dirigirse por escrito al Ayuntamiento de A Coruña cumplimentando el formulario de instancia general normalizada, que será utilizado en todos aquellos trámites para los cuales los servicios municipales no hayan determinado la utilización de un formulario específico.

Antes de utilizar el formulario de instancia general disponible en esta página:compruebe que no existe una ficha de trámite específica, con su correspondiente formulario, para la gestión que necesita realizar.

Presentación

Plazo de presentación:

Dependerá de las condiciones y fechas específicas del procedimiento solicitado.

Documentación necesaria:

Dependerá de la documentacion necesaria en el parocedimiento concreto solicitado.

Documentos relacionados

  • mod 001 solicitud general (65 KB)

Canales de presentación

Presencial

¿Qué se necesita?:

En las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas estará disponible el formulario de solicitud general, que también puede descargar desde esta página..

También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

¿Cómo se hace?:

Solicitando cita previa para la dependencia municipal en que vaya a efectuar la presentación.

Internet

¿Qué se necesita?:

Deberá disponer de certificado digital .

Una vez cubierta la solicitud telemática (modelo 001) debe tener preparados los ficheros que necesite para justificar la actuación que solicita, según se especifica el procedimiento invocado.

En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que no es recomendable firmar previamente la solicitud u otros documentos.

¿Cómo se hace?:

A través de esta Sede Electrónica municipal.

En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite, a través de la Sede Electrónica:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Página web:

Tramitación telemática

Recuerde: si desea presentar una sugerencia o una queja, o comunicarnos una incidencia (desperfecto, avería, etc.) que requiera la actuación de los servicios municipales para su resolución, deberá hacerlo a través de la página de sugerencias y reclamaciones. No necesita certificado digital.

Teléfono

Después

Plazo de resolución:

Tres meses, o bien el establecido para el procedimiento solicitado, si fuera diferente.

Sentido del silencio administrativo:

Desestimatorio

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